Procedimiento
Registro Sanitario de Desinfectante y otros insumos de tratamiento de agua para consumo humano
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Base Legal
- Ley N° 26842, Ley General de Salud, del 20/07/97, Artículo 96º, 97º y 98º.
- Decreto Supremo N° 031-2010-SA, Reglamento de la Calidad del agua para Consumo Humano, del 26/09/10, Artículo 38° y 42°
- Decreto Supremo N° 010-2010-MINCETUR, Establecen disposiciones reglamentarias referidas a la VUCE del 09/07/10, Artículo 2°, 4° y 5°.
- Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, del 11/04/01 Artículo 44°.
- Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, del 07/07/07.
Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final.
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Inicio del Procedimiento
Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE: www.vuce.gob.pe
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Requisitos
- Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE) www.vuce.gob.pe. Para Obtener N° de SUCE deberá tramitarlo con su Código de Pago Bancario (CPB).
- Estudio toxicológico del producto, de antigüedad no mayor a un (01) año, emitido por el laboratorio del fabricante o laboratorio acreditado ante la autoridad sanitaria u otra entidad acreditadora del país donde se realizó el ensayo, laboratorio acreditado por INACAL o laboratorio de la entidad nacional competente.
- Hoja técnica de seguridad del producto formulado emitida por el fabricante y firmado por el profesional responsable, traducido al idioma español.
- Certificado de Libre Comercialización del país de origen del producto, para el uso solicitado, si el producto es importado.
- Informe de Ensayo de la concentración del producto, de antigüedad no mayor a un (01) año, emitido por laboratorio acreditado por entidades internacionales, laboratorio acreditado ante la autoridad sanitaria u otra entidad acreditadora del país donde se realizó el ensayo, laboratorio acreditado por INACAL o laboratorio de la entidad nacional competente o laboratorio del fabricante, firmado por el profesional responsable.
- Informe de Ensayo de enfrentamiento microbiano del desinfectante, para la dosis y tiempo de uso recomendados, de antigüedad no mayor a un (01) año, emitido por laboratorio acreditado por INACAL. Solo para Desinfectantes.
- Proyecto de rotulado (anverso y reverso) para cada una de las presentaciones traducido al idioma español.
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