Texto Único de Procedimientos Administrativos - (TUPA)

Procedimiento

Opinión Técnica sobre riesgos para la salud humana por plaguicidas de uso agrícola.

Base Legal

  • Decreto Supremo N° 001-2015-MINAGRI, Aprueban el Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola, del 29/01/2015
  • Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, del 11/04/01 Artículo 44°.
  • Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, del 07/07/07 Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final.

Inicio del Procedimiento

Trámite Documentario DIGESA

Requisitos

  1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones, de la DIGESA, con carácter de Declaración Jurada, que contenga N° de RUC, firmada por el representante Legal, además el día de pago y el número de constancia de pago.
    Para el caso de Plaguicidas químicos, deberán presentar:
  2. Expediente que contenga la información de acuerdo al Anexo 4 del D. S. N° 001- 2015-MINAGRI.
    Para el caso de Plaguicidas biológicos, reguladores de crecimiento y plaguicidas atípicos, deberán presentar:
  3. Expediente que contenga la información del Anexo 5 o Anexo 6, según corresponda, de acuerdo al D.S. N° 001-2015-MINAGRI.
    Nota:(*) Se emitirá la opinión técnica solo si previa a la solicitud el Senasa solicita la Opinión técnica sobre riesgos a la salud, esto para los plaguicidas biológicos, reguladores del crecimiento y plaguicidas atípicos.
  4. Pago por Derecho de Trámite

Nota:
La Evaluación de plaguicidas biológicos se atendrá a lo señalado en el Anexo 5 del DS 001-2015-MINAGRI