Procedimiento
Opinión Técnica Favorable para la Evaluacion de Riesgos a la Salud Humana y el Ambiente (ERSA) previa a la Aprobacion del Plan de Descontaminacion de Suelos (PDS)
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Base Legal
. Ley Nº 26842, Ley General de Salud, del 20/07/97, Artículo 103°, 105°, 106° y 122°, modificado por Ley N° 29712 del 18/06/2011. . Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM Aprueban Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo, del 25/03/2013. . Decreto Supremo N°003-2014-MINAM, Aprueban Directiva que establece procedimiento de adecuación de los instrumentos de gestión ambiental a nuevos Estándares de Calidad Ambiental (ECA), del 08/04/2014. . Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, del 11/04/01 Artículo 44°. . Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo, del 07/07/07, Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final.
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Inicio del Procedimiento
Trámite Documentario DIGESA
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Requisitos
- Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a/a de la Dirección de Salud Ambiental de la DIGESA, con carácter de declaración jurada, que contenga N° de RUC, dirección legal, ubicación de la unidad minera, firmada por el representante legal. Ficha Técnica según formato de la DIGESA.
- Plan de Descontaminación de Suelos (PDS), que contenga información de la calidad de suelos de los centros poblados y anexos ubicados en el área de influencia (distancia a la unidad minera, fuentes de abastecimiento de agua para consumo humano, número de habitantes beneficiados y medidas para la atención prioritaria de los componentes de mayor riesgo a la salud de las personas, con relación a las causas de morbilidad y mortalidad asociadas).
- Copia de los planos de las áreas de influencia directa e indirecta, firmado por el profesional responsable, que contenga ubicación de la actividad industrial u operativa con relación a los centros poblados cercanos.
- Características o informes de ensayo de suelo actualizados, respecto a su área o zona de influencia realizados por un laboratorio acreditado.
- Copia del documento que aprueba la certificación ambiental (EIA, PAMA, DIA u otros), emitida por la autoridad competente.
- Pago por Derecho de Trámite.
Nota: La información contenida en el expediente debera de adjuntarse en formato digital en su totalidad.
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