Se capacitó a personal de las DIRIS, DIRESAS y GERESAS en los temas referentes a juguetes y útiles de escritorio seguros en el marco de la Ley 28376
La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria- DIGESA del Ministerio de Salud- MINSA, capacitó a personal de salud de la DIRIS, DIRESAs y GERESAs, con el objetivo de fortalecer sus capacidades en lo establecido por la Ley 28376: "Ley que prohíbe y sanciona la fabricación, importación, distribución y comercialización de juguetes y útiles de escritorio tóxicos o peligrosos y su Reglamento", la cual busca proteger la salud de la población frente a juguetes y útiles de escritorio tóxicos o peligrosos que existen en el mercado.
En este sentido, los profesionales del área de juguetes y útiles de escritorio de la Dirección de Control y Vigilancia- DCOVI de la DIGESA, enfatizaron los temas relacionados a las sustancias y/o elementos de fabricación permitidas que no ponen en riesgo la salud de la población, así como los deberes de los fabricantes, el registro para fabricación, la importación, comercialización y distribución, la autorización sanitaria, rotulado de empaques, sanciones según marco normativo, entre otros puntos.
Respecto al rotulado, los especialistas de la DIGESA resaltaron los datos que deben de contener los empaques, los cuales son: nombre, dirección domiciliaria y razón social del importador o fabricante, información sobre uso y montaje, en caso de requerirse, advertencias acerca de los riesgos derivados del uso de los juguetes y útiles de escritorio y la manera de evitarlos, relación y contenido de elementos y sustancias utilizados para la fabricación de juguetes y útiles de escritorio y edad mínima del menor de edad para el uso del producto.
Como ya se sabe, la Ley 28376: "Ley que prohíbe y sanciona la fabricación, importación, distribución y comercialización de juguetes y útiles de escritorio tóxicos o peligrosos y su Reglamento", fue aprobada con Decreto Supremo N° 008-2007-SA, y modificada mediante Decreto Supremo N° 012-2007-SA, donde se cambiaron los artículos 18° (Autorización Sanitaria para la importación de juguetes y/o útiles de escritorio), 20° (De los alcances de la Autorización Sanitaria para la distribución y comercialización de juguetes y útiles de escritorio) , 21° (Certificado o Informe de Ensayo) y 22° (Autorización Sanitaria).
En ese sentido, la DIGESA recomienda a la población en general revisar que el rotulado cuente siempre con Registro y Autorización Sanitaria, así como realizar compras en establecimientos formales y evitar comprar juguetes y/o útiles de escritorio que no cuenten con las características antes señaladas, a fin de aportar al cuidado de la salud pública.
Lince, 12 de agosto de 2021
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